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Comisión Nacional para la Prevención y Atención de Ahogamientos (CONAPAA)

Antecedentes

CONSIDERANDO:

En octubre del 2019 la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Creación de Los Cuerpos de Guardavidas en Las Playas Nacionales, normativa que busca “la implementación de unidades de guardavidas en las playas nacionales, para proteger la vida e integridad de las personas y mejorar las condiciones de seguridad en ellas, prevenir fallecimientos por sumersión, fortalecer la imagen del país y fomentar la industria turística costarricense mediante la definición de lineamientos generales y acciones de prevención, atención y mitigación de ahogamientos.” Para la creación y dirección de esta política pública, se creó la Comisión Nacional para la Prevención y Atención de Ahogamientos, como “un órgano técnico adscrito al Instituto Costarricense de Turismo (ICT), encargado de definir los lineamientos y las acciones de prevención y atención de ahogamientos, mediante la implementación de unidades de guardavidas y la señalización informativa en las playas nacionales.”


Funciones

ARTÍCULO 7- Funciones de la Comisión Nacional para la Prevención y Atención de Ahogamientos La Comisión tendrá las siguientes funciones:


a) Definir los lineamientos generales para la prevención y atención de ahogamientos en las playas nacionales.

b) Elaborar un listado preventivo con las playas nacionales, según su nivel de peligrosidad para bañistas.

c) Acordar las características de señalización y demarcación que se deben utilizar en las playas nacionales como información preventiva para bañistas.

d) Emitir, con base en criterios técnicos, un listado de las playas que requieran la implementación de unidades de guardavidas, así como los períodos de implementación según corresponda.

e) Dictar las condiciones, el equipo y las características mínimos que deben tener las unidades de guardavidas.

f) Definir las características generales de identificación para las personas guardavidas, en el ejercicio de sus labores.

d) Acordar los parámetros de capacitación y los perfiles técnicos de capacitación para las personas guardavidas.

h) Establecer un registro de las instituciones u organizaciones autorizadas por la Comisión, para la capacitación y emisión de licencias para las personas guardavidas.

i) Establecer los mecanismos de acreditación y validación de licencias de guardavidas.

j) Contar con un registro público y actualizado con la ubicación y el nombre de las playas nacionales que cuentan con unidades de guardavidas.

k) Promover el establecimiento de convenios entre entes públicos o privados, para la implementación de unidades de guardavidas y programas informativos de señalización sobre los riesgos y prevención en las playas.

l) Brindar acompañamiento técnico a las partes involucradas en los convenios, para los procesos de elaboración, ejecución y renovación de estos, de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente ley y su reglamento.

m) Elaborar un registro de los convenios establecidos en el marco de la presente ley.

n) Elaborar y aprobar su reglamento interno.

Formularios

Este formulario es para las Asociaciones que deseen formar parte de la comisión

Formulario Asociaciones sin fines de lucro


Este formulario es para el Registro de las Municipalidades y Concejos Municipales de distrito

Contacto CONAPAA
Andrés Iturrino Soto
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono: 22995871 / Whatsapp: Click para enviar mensaje por WhatsApp