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Instituto Costarricense de Turismo
SITIO INSTITUCIONAL


El Instituto Costarricense de Turismo lo invita a explorar y evacuar sus necesidades de información puntual en esta plataforma dinámica, en la que podrá conocer con detalle el ámbito de acción de la institución rectora del turismo en Costa Rica.

Mientras navega por las secciones de este sitio diseñado para usted, descubrirá los alcances del Instituto, las cifras turísticas, los departamentos y direcciones que hacen posible su funcionamiento, las certificaciones de sostenibilidad, los servicios que brinda, así como los requisitos para la declaratoria turística, la participación en ferias internacionales, entre otros datos y documentación de interés que encontrará como contenidos de este sitio web.

Es para nosotros un privilegio servirle y trabajar de manera conjunta  para fortalecer la industria del turismo, generadora de desarrollo, divisas y empleo en Costa Rica y motor de la economía costarricense, una ardua tarea en la que trabajamos con orgullo diariamente todos y cada uno de los funcionarios del ICT en alianza con el sector privado.


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¿Qué es el Turismo Social?

En Costa Rica, el Turismo Social se concibe como un derecho universal, mediante el cual se garantiza el acceso al descanso, recreación, ocio, tiempo libre, por parte de segmentos de población en vulnerabilidad social y económica, en condiciones adecuadas de economía, accesibilidad, seguridad, comodidad y calidad.

Programa Turismo Social con Integridad

El programa nació en el 2018 como una iniciativa del Instituto Costarricense de Turismo, el cual busca propiciar la participación de la ciudadanía en el turismo social y accesible, por medio del involucramiento y el fortalecimiento de alianzas entre las fuerzas vivas de las comunidades.

El Programa ha permitido que muchas personas de poblaciones vulnerables vivan la experiencia de hacer turismo por medio de proyectos nacionales y actividades del sector público y privado, como plataformas facilitadoras del turismo social.


  • Participantes

    El PTSI cuenta con 36 empresas turísticas, fundaciones, ONG y organizaciones públicas, las cuales desarrollan programas, proyectos y actividades para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, validando el derecho de todo ser humano al ocio y recreación a través del turismo, bajo principios de inclusión y accesibilidad.

    “El proyecto que realizamos dentro del programa de Turismo Social del ICT Consiste en brindar la oportunidad a personas con discapacidad, niños, jóvenes y adultos, de diferentes partes del país, de ir al mar a tener la experiencia del surf adaptado, disfrutar de un día de playa y de los beneficios a la salud física y mental que brinda el mar.

    El Turismo Social es una forma de brindar oportunidades a poblaciones vulnerables de disfrutar el turismo, el ocio y la recreación. El Turismo Social abre las puertas a todas las personas para disfrutar de nuestro país. Para nosotros es importante ser parte del programa para visibilizar nuestra labor y llegar cada vez a más personas.”

    Natalia Vindas, Asociación Deportiva de Surf Adaptado para el Desarrollo Inclusivo del Surf de Personas con Discapacidad.

      • Marina Pez Vela
      • Parque Temático Mistico
      • Red Costarricense de Turismo Accesible
      • Hotel Mangrove
      • Reserva Biológica Bosque Nuboso Monteverde
      • Hotel Tabacón
      • FuncaTV
      • Unique Adventures
      • Museo de los Niños
      • Guías y Scouts Costa Rica
      • MEP: Dirección Regional de Educación Occidente.
      • Hospital Mexico
      • UNED: Escuela de Ciencias Sociales y Humanidades 
      • Finca Vikingos
      • Oficina Polo Turístico Papagayo
      • Funca Ferias
      • Hotel Occidental Tamarindo
      • ADI: San Juan de Peñas Blancas San Ramón
      • Adetur CR
      • Dirección Prestaciones Sociales de la CCSS
      • Funca Viajes
      • Arenal Mundo Aventura
      • Asociación Surf Adaptado Costa Rica
      • ASOICT
      • CATURGUA
      • Hotel Villa Lapas
      • Finca Rosa Blanca
      • Fundación Horizontes
      • Hotel Fiesta Resort
      • Il Viaggio Travel
      • FUNCAVIDA
      • Hotel la Posada Quepos
      • Mariposarío Vida de Colores
      • Cala Lodge
      • Panorama Tours
      • Municipalidad de Cartago

Alcance

  • El programa ha alcanzado proyectos de empresas y organizaciones ubicadas en las 7 provincias de Costa Rica, en beneficio de la niñez, jóvenes, adultos mayores, personas con capacidades diferentes, familias de escasos recursos, sobrevivientes de cáncer y poblaciones indígenas.

  • El programa impacta la calidad de vida de las personas, la cual mejora a través de experiencias enriquecedoras en destinos turísticos sostenibles del país, además de facilitarle la oportunidad a las organizaciones públicas y a las empresas privadas de generar encadenamientos y un impacto social positivo.

 

Pilares


Requisitos de inscripción

Descubra Costa Rica
A través de las Guías Turístico-Culturales

¡Conozca la amplia variedad de la oferta turística de Costa Rica!

En estas guías podrá conocer con amplia información todos los rincones del país sus atractivos naturales y culturales, historias, detalles, mapas, tours, actividades, artesanías, gastronomía, turismo rural y entre otros, guías que todo turista debería tener a la mano.


Mini Guías Turísticas Caribe


Mini Guías Turísticas Guanacaste Norte


Mini Guías Turísticas Llanuras del Norte

Fundamento jurídico de los Registros de Prestatarios y de Empresas Comercializadoras o Intermediarias del Servicio de Hospedaje no Tradicional del ICT (en adelante los registros):

Artículo 10 y 11 de la Ley Marco para la Regularización del Hospedaje no Tradicional y su Intermediación a través de Plataformas Digitales, Ley N° 9742 del 29 de octubre de 2019 (en adelante Ley Marco).

Acceso a los registros por parte de los prestatarios y empresas comercializadoras o intermediarias del Servicio de Hospedaje no Tradicional (en adelante los sujetos del registro):  El ICT dispondrá en su página electrónica institucional, en la dirección electrónica www.ict.go.cr, un espacio permanente para la inscripción de los sujetos de registro mediante un formulario electrónico.

Información a brindar por los sujetos de registro en línea:  El formulario electrónico de cada registro solicitará la información requerida para cada modalidad de registro, según lo indicado en los artículos del 4 y 6 de este reglamento. Las plataformas de intermediación en las que conste la oferta de los sujetos de registro que sean prestatarios del servicio de hospedaje no tradicional, deberán señalar un correo electrónico para recibir notificaciones, así como de un número de teléfono de contacto.

Trámite de inscripción, validación de la información y resolución de inscripción: Una vez remitido el formulario de inscripción debidamente completado al ICT por parte del sujeto de registro y por medio de la página electrónica institucional, el ICT contará con un plazo de quince días naturales para validar de oficio la información de la solicitud de registro y emitir vía correo electrónico su resolución de inscripción, la cual se acompañará de un código de usuario. En el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de inscripción al sujeto de registro, el ICT hará visible en su página electrónica institucional el registro del caso, junto con la información relacionada de carácter público según lo dispuesto en los artículos 5, 7 y 8 de este Reglamento.

En el caso de que el formulario de inscripción sea presentado en forma incompleta o con información errónea, o bien incumpla con los requisitos establecidos en los artículos 4 y 6 de este Reglamento y en el punto “Información a brindar por los sujetos de registro en línea” de este anexo único, el ICT podrá realizar un requerimiento por escrito y de forma motivada sobre dichos requisitos, por una única vez y dentro del plazo de los diez días naturales siguientes al día del recibo del trámite. Asimismo, en casos de excepción y cuando sea imprescindible para la resolución del trámite, el ICT tendrá la facultad de requerir ampliaciones o aclaraciones adicionales a la información aportada en la solicitud, lo cual hará por escrito, vía correo electrónico, de manera motivada y por una única vez en el mismo plazo de los diez días naturales siguientes al día del recibo del trámite. En ambos casos, la prevención del ICT suspende el plazo máximo de quince días naturales para la resolución del trámite y otorga al interesado un plazo de diez días hábiles para su atención, para lo cual le indicará un correo electrónico institucional al cual remitir la respuesta del caso.

En caso de que el ICT deniegue en forma motivada una solicitud de inscripción, el sujeto de registro podrá interponer los recursos de Revocatoria ante la Dirección de Gestión Turística del ICT y el de Apelación ante la Gerencia General del ICT, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la denegatoria.

Modificación de la información de los registros y solicitud de desinscripción por motivo de no ejercer la actividad de servicio de hospedaje no tradicional.

Los sujetos de registro inscritos podrán por medio de su código de usuario y en la misma página electrónica del ICT, tramitar modificaciones de la información que consta en su registro o bien, solicitar su desinscripción al mismo. El ICT contará con un plazo de quince días naturales para validar de oficio la información modificada del registro del caso o bien la solicitud de desinscripción y emitir vía correo electrónico su resolución de aceptación o denegatoria motivada de la petición del interesado. En el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de aceptación de la petición del sujeto de registro, el ICT hará visible en su página electrónica institucional la modificación del registro o bien la desinscripción del caso según la naturaleza de la petición.

En los casos de las solicitudes de desinscripción el sujeto de registro deberá comprometerse por escrito ante el ICT y en el mismo formulario de solicitud, a no ejercer como prestatario ni intermediario del servicio de hospedaje no tradicional, toda vez que dicho ejercicio conlleva la obligación de su inscripción ante el registro del caso en el ICT, según el artículo 14 de la Ley Marco. En efecto, el incumplimiento en el deber de registro, o de actualizar los datos que consten en éste, implica el funcionamiento ilegal del servicio de hospedaje no tradicional, estándose a lo establecido en el artículo 14 de la Ley Marco.

En el caso de que los formularios de solicitud de estos trámites sean presentados de forma incompleta o con información errónea, o bien incumplan con los requisitos establecidos en este anexo único, el ICT podrá realizar observaciones escritas y en forma motivada sobre dichos requisitos, por una única vez y dentro del plazo de los diez días naturales siguientes al día del recibo del trámite. Asimismo, en casos de excepción y cuando sea imprescindible para la resolución del trámite, el ICT tendrá la facultad de requerir ampliaciones o aclaraciones adicionales a la información aportada en la solicitud, lo cual hará por escrito, vía correo electrónico, de manera motivada y por una única vez en el mismo plazo de los diez días naturales siguientes al día del recibo del trámite. En ambos casos, la prevención del ICT suspende el plazo máximo de quince días naturales para la resolución del trámite y otorga al interesado un plazo de diez días hábiles para su atención, para lo cual le indicará un correo electrónico institucional al cual remitir la respuesta del caso.

En caso de que el ICT deniegue en forma motivada una solicitud de modificación o de desinscripción, el sujeto de registro podrá interponer los recursos de Revocatoria ante la Dirección de Gestión Turística del ICT y el de Apelación ante la Gerencia General del ICT, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la denegatoria.

Turismo en Costa Rica

Viistantes por MOtivo de Viaje Placer

75% viaja por motivos de vacaciones.

Un 75% de los visitantes a Costa Rica viaja por motivos de vacaciones, placer y ocio; mientras un 13% lo hace por negocios y motivos profesionales.

Más de 2 millones de visitas anuales

Más de 2 millones de visitas anuales.

Costa Rica mantiene un crecimiento constante de visitantes año tras año y sigue como el principal destino de la región.

Satuisfacción del Turísta

68% disfruta del sol y las playas de Costa Rica.

Costa Rica ofrece paradisíacas playas tanto en el mar Caribe como en el océano Pacífico, esto nos convierte en un destino favorito para esta actividad

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