Skip to main content
  • Banner Web
  • Banner Web 1

Instituto Costarricense de Turismo
SITIO INSTITUCIONAL


El Instituto Costarricense de Turismo lo invita a explorar y evacuar sus necesidades de información puntual en esta plataforma dinámica, en la que podrá conocer con detalle el ámbito de acción de la institución rectora del turismo en Costa Rica.

Mientras navega por las secciones de este sitio diseñado para usted, descubrirá los alcances del Instituto, las cifras turísticas, los departamentos y direcciones que hacen posible su funcionamiento, las certificaciones de sostenibilidad, los servicios que brinda, así como los requisitos para la declaratoria turística, la participación en ferias internacionales, entre otros datos y documentación de interés que encontrará como contenidos de este sitio web.

Es para nosotros un privilegio servirle y trabajar de manera conjunta  para fortalecer la industria del turismo, generadora de desarrollo, divisas y empleo en Costa Rica y motor de la economía costarricense, una ardua tarea en la que trabajamos con orgullo diariamente todos y cada uno de los funcionarios del ICT en alianza con el sector privado.


CONCURSO
Contale al Mundo tu Pura Vida


Directriz Nº 082-MP-S


INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

El Instituto Costarricense de Turismo al ser el día ocho del mes de octubre de dos mil veinticuatro, somete a conocimiento de las instituciones y público en general, los siguientes proyectos de normativa:

  1. Reglamento para la Percepción, Control, Administración y Fiscalización del Impuesto de Quince Dólares Netos (USD $15.00) por el Ingreso al País Vía Aérea, Mediante Boleto Adquirido en el Exterior.

  2. Reglamento para la Percepción, Control, Administración y Fiscalización del Impuesto del 5% Sobre el Valor de los Pasajes Vendidos en Costa Rica, para Cualquier Clase de Viajes Internacionales.

  3. Reglamento para la Percepción, Control, Administración y Fiscalización del Impuesto del 5% Sobre el Valor de los Pasajes Cuyo Origen de Ruta sea Costa Rica, para Cualquier Clase de Viajes Internacionales.

  4. Derogatoria de los Decretos Ejecutivos: N° 37979-MP-H-MEIC-G-J-TUR del 22 de Abril del 2013, N° 35640- H-TUR del 20 de Octubre del 2009 y su Reforma y N° 35250 -H-TUR del 15 de Mayo de 2009

Para lo cual, se otorga un plazo de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública, contados a partir del día siguiente de este aviso, para presentar únicamente a través del Sistema de Control Previo (SICOPRE), mediante el siguiente vínculo(link): https://tramitescr.meic.go.cr/controlPrevio/BuscarFormulario.aspx; apartado consulta pública.

Las observaciones y comentarios con la respectiva justificación técnica o legal. La versión digital de este proyecto de normativa se encuentra disponible en el Sistema de Control Previo (SICOPRE) del Ministerio de Economía Industria y Comercio.

Lic. José Francisco Coto Meza, MSC
Asesor Legal


Estadisticas

Estadísticas

Estadísticas de turismo

Los principales indicadores del turismo en Costa Rica en un solo lugar.

LEER MÁS  
Sostenibilidad

Sostenibilidad

Sostenibilidad turística

Costa Rica se ha diferenciado por la protección al ambiente.

LEER MÁS  
Tramites

Trámites

Información al ciudadano

Lista de acceso rápido para todo tipo de trámite y consultas al ICT.

LEER MÁS  
Esencial Costa Rica

Oficinas regionales

¿Dónde estamos?

Nuestras ubicaciones y qué puedes hacer en oficinas regionales

LEER MÁS  

Este certificado es un documento que solicita el Consejo de Transporte Público (CTP) dentro de los requisitos, para otorgar el Permiso de Transporte Turístico (PTT), el cual tendrá vigencia de 2 años.

Lo pueden solicitar tanto personas físicas como personas jurídicas (empresas) que cumplan con los siguientes requisitos:


Icono descarga de Adobe Acrobat
Texto disponible en formato pdf unicamente.
Para observar los estudios es necesario Acrobat Reader

¿Qué es una Declaratoria Turística?

La declaratoria turística es un reconocimiento, que otorga el Instituto Costarricense de Turismo, a todas aquellas empresas del ramo que voluntariamente lo soliciten.

Para ello, deben cumplir con requisitos técnicos, económicos y legales señalados en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.

Con estos requisitos se busca garantizar la legalidad de la actividad turística y alcanzar uno de los principales objetivos del departamento: lograr la más alta calidad del producto turístico costarricense. Es importante dejar claro que los trámites de la declaratoria turística no tienen ningún costo.

Legislación Aplicable:
  • Reglamento de Empresas Actividades Turísticas
  • Ley 6990: Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico
  • Ley del Fomento del Turismo Rural Comunitario
  • Reglamento de Empresas de Hospedaje
  • Ley de Agencias de Viajes
  • Ley 7600: Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad
  • Ley 8220: Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos
  • Decretos y pronunciamientos relacionados

Requisitos para Obtener una Declaratoria Turística

¿Quién puede optar?

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas

¿Cuál debe ser el estado de la empresa?

  • Empresas en operación
  • Como proyecto (empresas que aún no operan)

Detalles de la declaratoria

Beneficios de la Declaración Turística ¿Qué tipo de empresas pueden tener declaratoria turística? ¿Cómo puedo iniciar el trámite?
  • Ser incluida en los listados oficiales del ICT ( y sitio web)
  • Recibir capacitación por parte del ICT
  • Requisito obligatorio para obtener el contrato turístico.
  • Obtener categorización
  • Acceso a promoción por medio de página Web www.visitecostarica.com
  • Participación en ferias turísticas internacionales.
  • Posibilidad de participación en Campañas Cooperativas Internacionales con agencias de viajes mayoristas y líneas aéreas.
  • Posibilidad de participación en Campañas en zonas específicas, en coordinación con hoteleros locales con el fin de ofrecer descuentos especiales al turista.
  • Posibilidad de distribuir material en los Centros de Información Turística del ICT.
  • Optar por la obtención de la Marca Pais.
  • Las declaratorias NO OTORGAN:

    1. Patentes de licores
    2. Envío de turistas por parte de ICT
    3. Exoneraciones fiscales de ningún tipo
  • Establecimientos de Hospedaje:
    • Hoteles
    • Apartoteles
    • Bóteles
    • Pensiones
    • Albergues
    • Villas / Cabinas / Cabañas
    • Pensión
    • Posadas de Turismo Rural
    • Hotel Boutique
    • Posada de Turismo Rural Comunitario (TRC)
  • Agencias de Viajes: emisoras y receptivas.
  • Empresas gastronómicas (en operación)
    • a. a. Sodas y fondas, cafeterías y restaurantes
  • Actividad Turística Temática
  • Arrendadora de Vehículos
  • Transporte Aéreo
  • Transporte Acuático
  • Actividad Recreativa Acuática
  • Actividad Recreativa Aérea
  • Actividad Turística de Congresos y Convenciones
  • Actividad Turística Spa
  • Actividad Turística
  1. Recopilar los requisitos legales y técnicos
  2. Presentar Documentos completos en la ventanilla Única del ICT

Documentación Declaratoria Turística

A partir de la última reforma al Reglamento de Empresas y Actividades Turísticas, incluida en el Decreto Ejecutivo N° DE 41370- MEIC- TUR, publicada en el Alcance N° 203 del Diario Oficial La Gaceta del día 07 de diciembre de 2018


Requisitos, formularios, Manuales (técnicos, económicos)

Actividad Recreativa Acuática

¿Qué es un Contrato Turístico?

Es el acto mediante el cual el Instituto le otorga a la empresa turística beneficiada, los incentivos establecidos en dicho cuerpo normativo; además de dichos beneficios fiscales incluye las obligaciones y garantías que corresponda exigir al solicitante.

El contrato turístico no es un convenio, es un acto administrativo que no es la fuente de los beneficios fiscales de la Ley 6990.
Sin embargo, posibilita que una empresa en particular los disfrute al individualizar y concretizar en ella lo que dispone la Ley 6990 y sus reglamentos ejecutivos.

El otorgamiento de estas exoneraciones contiene materia fiscal reservada a la Ley y, por eso, es indisponible para las partes.

Legislación
  • Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico.
  • Reglamentos de la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico.
  • Ley de Fomento del Turismo Rural Comunitario.

Requisitos para Obtener el Contrato Turístico

¿Qué debo tener para optar por el Contrato?

  • Contar con declaratoria turística.
  • Tener aprobado el estudio económico.
  • Tener aprobados los planos constructivos o planos de levantamiento.
  • Tener aprobados los requisitos legales y técnicos.

Detalles del Contrato

¿Quién puede optar? ¿Cuál es el Plazo del Contrato? ¿Qué Beneficios obtengo?
Establecimientos de hospedaje:
  • Hoteles con 10 habitaciones
  • Cabañas, cabinas y albergues con 7 habitaciones
  • Apartoteles con 7 Habitaciones
  • Pensiones con 5 Habitaciones
  • Posada de turismo rural con 3 Habitaciones
7 años
  • Se les exonera de todo impuesto y sobretasa, que se apliquen:
  • A la importación o compra local de artículos indispensables para la instalación de empresas nuevas o de empresas ya establecidas que vayan a ofrecer nuevos servicios (ampliaciones y/o remodelaciones hoteleras).
  • Hay exención del impuesto de ventas solamente en cuanto a la inversión inicial:
  • Para adquirir bienes indispensables para la empresa y materiales para la construcción de instalaciones destinadas a poner en operación el proyecto.
  • Excepción vehículos y combustibles
Agencias de Viajes (receptivas) 5 años
  • Exoneración de todo tributo y sobretasa, excepto IVA y derechos arancelarios para la importación de vehículos para transporte colectivo, con una capacidad mínima de 15 personas.
  • Si la tarifa del impuesto ad valorem supera el 5% se exonera la obligación de pagar tributos sobre ese exceso.
Empresas de transporte acuático (Yates, Barcos tipo cruceros turísticos y similares Marinas, Acuarios, Balnearios, Cabotaje Turístico) 6 años para Transp. Acuático y 7 años para las marinas
  • Exoneración de todo impuesto o sobretasa existente –excepto el IV.- a la importación o compra local de:
  • Bienes indispensables para construir, remodelar o ampliar muelles y otros lugares que se usen para el embarque y el desembarque de turistas
  • Construcción y mantenimiento de marinas, balnearios y acuarios destinados al turismo.
  • Exoneración de todo impuesto o sobretasa existente –excepto el IV y los derechos arancelarios- a la importación (tarifa de 20% a la importación) o compra local de:
  • Naves acuáticas destinadas sólo al transporte acuático de pasajeros.
  • Se debe contar con facilidades para el atraque, embarque y desembarque de dichos pasajeros.
  • No aplica para pesca deportiva, kayak, alquiler de motos acuáticas, etc.
Líneas aéreas Plazo otorgado en Certificado de Explotación Aérea
  • Suministro de combustible a un precio competitivo no mayor al promedio establecido en el mercado internacional.
  • Exoneración de impuesto o sobretasa existentes (excepto el IV a la importación o compra local de repuestos).
Arrendadoras de vehículos 9 años
  • Se exonera el 50 % del total a pagar por la aplicación de los impuestos
  • La importación de vehículos destinados en forma exclusiva a ser alquilados a turistas.
Turismo rural: demás de las posadas de Turismo Rural se incluye las siguientes actividades:
  • Agencias de Viajes Especializadas en Turismo Rural Comunitario:
  • Actividades Temáticas especializadas en TRC:
  • Servicios de alimentos y bebidas: restaurantes rurales, fondas, sodas de comidas locales y servicios de comidas criollas a domicilio.
Por única vez
  • Beneficios de la Ley 6990
  • Exonérese de todo tributo y sobretasas que se aplique a la importación o compra local de motores fuera de borda, cuando quien lo requiera se ubique en una zona geográfica aledaña a ríos, lagos, canales (navegables); o zonas costeras, así como el pago de los impuestos de inscripción.
  • Exonérese del pago de tributos y sobretasas que se apliquen a la importación o compra local de vehículos tipo doble tracción o microbuses con capacidad de 8 a 12 pasajeros, cuyas características serán definidas por el ICT atendiendo las necesidades de las agrupaciones TRC, así como el pago de impuestos de inscripción.
  • Estos podrán ser solicitados únicamente por las posadas de turismo rural y las agencias de viajes especializadas en turismo rural comunitario.
  • Exonérese del pago de tributos y sobretasas que se aplican a la importación o compra local de tecnologías alternativas para el tratamiento de aguas residuales y sus componentes, así como los materiales e insumos, que se incorporan directamente en la construcción de este tipo de plantas, para su instalación en el territorio nacional.

¿Qué es una campaña cooperativa?

Es un plan de promoción conjunta entre el ICT y empresas turísticas privadas (nacionales o extranjeras), para lograr una mayor exposición del destino y dinamizar las reservas de paquetes turísticos al país, maximizando el presupuesto institucional.

View the English Article

Importancia del programa:

  • Posiciona la marca Costa Rica en los mercados de interés.
  • Estimula la oferta aérea del país.
  • Incentiva la venta del producto turístico.
  • Fomenta el ingreso de viajeros.
  • Permite maximizar el presupuesto institucional.
  • Permite estrechar lazos con socios comerciales estratégicos para el desarrollo de Costa Rica como destino turístico.
  • Promueve empleo, crecimiento y recuperación económica por medio de alianzas estratégicas.

Formulario de requisitos para aplicar al programa de campañas cooperativas integrales de promoción de Costa Rica a nivel internacional

Campañas Cooperativas ICT

I. IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA

Campo inválido!

Campo inválido!

Campo inválido!

Campo Inválido

Campo inválido!

* Campos obligatorios

II. GENERALIDADES DE LA EMPRESA

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo inválido!

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

* Campos obligatorios

III. INFORMACION SOBRE EL CLIENTE

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

Campo Inválido

1. Año: | Cantidad de Vuelos: |Total Pasajeros a Costa Rica: |Cantidad total de pasajeros anuales: 2. Año: | Cantidad de Vuelos: |Total Pasajeros a Costa Rica: |Cantidad total de pasajeros anuales: 3. Año: | Cantidad de Vuelos: |Total Pasajeros a Costa Rica: |Cantidad total de pasajeros anuales:

* Campos obligatorios

Campo inválido!

Favor verificar: Refrescar Captcha inválido

* Campos obligatorios

Con la promulgación de la Ley N° 1917 del 29 de julio de 1955 se crea el Instituto Costarricense de Turismo, con la finalidad incrementar el turismo en el país. Esta ley estableció en su artículo 46 inciso a), un impuesto del cinco por ciento del valor de los pasajes vendidos en Costa Rica para cualquier clase de viajes internacionales.

Para el año 2009, se creó la Ley N° 8694 de fortalecimiento de la Industria Turística, la cual en su Artículo 2 estableció un impuesto de quince dólares por el ingreso vía aérea al territorio nacional y que haya adquirido su boleto en el exterior, y adicionó el inciso b) a la Ley 1917 con la cual se crea el impuesto del cinco por ciento del valor de los pasajes cuyo origen de ruta sea Costa Rica, para cualquier clase de viajes internacionales.

El ICT, en sus esfuerzos por simplificar y mejorar los servicios dispuestos para la atención de los deberes tributarios formales, ha implementado el sistema de declaración de impuesto (ICT-DECLARA) con el cual se podrá:

  1. Elaborar y generar de manera electrónica las declaraciones juradas de los impuestos de $15, 5% inciso a) y 5% inciso b).
  2. Generar archivos de reporte sobre declaración jurada de impuestos.
  3. Validar la información, mediante un proceso interno de verificación.

Para poder utilizar este servicio se requiere:

  1. Estar inscrito como contribuyente ante el ICT (consultar condiciones)* REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN
  2. Contar con un usuario y contraseña que el ICT a través del Departamento de Ingresos le suministrará *

El ICT, en sus esfuerzos por simplificar y mejorar los servicios dispuestos para la atención de los deberes tributarios formales, ha implementado el sistema de declaración de impuesto (ICT-DECLARA) con el cual se podrá:

Requisitos para inscribir una Agencia de Viajes:

  • 1) Autorización del IATA
  • 2) Copia de Personería Jurídica (al día)
  • 3) Copia de cédula Representante Legal
  • 4) Copia de patente municipal

Requisitos para inscribir una Línea Aérea:

  • 1) Permiso de Aviación Civil.
  • 2) Acreditación de representación legal en Costa Rica (cuando no tienen oficina propia en el país)
  • 3) Copia de Personería jurídica (al día)
  • 4) Copia de cédula Representante Legal
  • 5) Copia de patente municipal

Requisitos para inscribir empresas de Transportes Terrestres:

  • 1) Permiso del Consejo de Transportes
  • 2) Acreditación de representación legal en Costa Rica (cuando no tienen oficina propia en el país)
  • 3) Copia de Personería Jurídica (al día)
  • 4) Copia de cédula Representante Legal
  • 5) Copia patente municipal

Requisitos para inscribir empresas Navieras:

  • 1) Permiso de transporte marítimo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT)
  • 2) Copia de Personería Jurídica (a día)
  • 3) Copia de cédula del Representante Legal
  • 4) Acreditación de representación legal en Costa Rica (Cuando no tienen oficina propia en el país)
  • 5) Copia de patente municipal
documento Descargue aquí el formulario. (103 KB)

Turismo en Costa Rica

Viistantes por MOtivo de Viaje Placer

75% viaja por motivos de vacaciones.

Un 75% de los visitantes a Costa Rica viaja por motivos de vacaciones, placer y ocio; mientras un 13% lo hace por negocios y motivos profesionales.

Más de 2 millones de visitas anuales

Más de 2 millones de visitas anuales.

Costa Rica mantiene un crecimiento constante de visitantes año tras año y sigue como el principal destino de la región.

Satuisfacción del Turísta

68% disfruta del sol y las playas de Costa Rica.

Costa Rica ofrece paradisíacas playas tanto en el mar Caribe como en el océano Pacífico, esto nos convierte en un destino favorito para esta actividad

Sección de noticias

  • Visa y el ICT firman acuerdo para impulsar el sector turismo en Costa Rica
  • Volaris inaugura la ruta de San José a Guadalajara y fortalece el turismo entre Costa Rica y México
  • Niño recicla 31 kilos de tapitas plásticas como un ejemplo de solidaridad
  • Congreso mundial celebrado en Costa Rica promovió un turismo centrado en las personas
  • Congreso Mundial de Turismo Social llega por primera vez a Costa Rica
  • Visa y el ICT firman acuerdo para impulsar el sector turismo en Costa Rica

    San José, Costa Rica, 30 de octubre de 2024 – Visa y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) firmaron un acuerdo de colaboración que busca impulsar el sector turismo en Costa Rica, a través de inteligencia basada en datos, perspectivas, tendencias e información detallada y precisa, que Visa compartirá con el ICT a través de su plataforma Visa Destination Insights.

    Leer más

  • Volaris inaugura la ruta de San José a Guadalajara y fortalece el turismo entre Costa Rica y México

    • Guadalajara es uno de los centros de operaciones más importantes de Volaris, y representa una gran oportunidad para desarrollar el potencial de conectividad entre Centro y Norteamérica.
    • La nueva ruta de aerolínea de ultra bajo costo contribuirá a que más personas viajen a mejores precios.

    Leer más

  • Niño recicla 31 kilos de tapitas plásticas como un ejemplo de solidaridad

    • Con la ayuda de sus compañeros de escuela, profesores, familiares y amigos Lucas Alfaro de ocho años, recolectó cientos de tapitas para ayudar en los tratamientos de quimioterapia de su mejor amigo y otros niños.
    • Su ejemplo de amistad, solidaridad y conciencia con el ambiente, le merecieron un reconocimiento especial en el Congreso Mundial de Turismo Social por parte de la organización y el ICT.
    • Las recolección de tapitas plásticas forma parte de una campaña activa de DONATAPA y Proparques para la creación de madera plástica que se transforma en pasarelas retráctiles utilizadas por las personas turistas en sillas de ruedas que se colocan en las playas accesibles.

    Leer más

  • Congreso mundial celebrado en Costa Rica promovió un turismo centrado en las personas

    • Tras realizar trabajo de campo y dos días de plenarias con más de 54 ponentes, se clausuró el 29º Congreso Mundial de la Organización Internacional de Turismo Social (ISTO), del cual nuestro país fue anfitrión por primera vez.
    • Representantes del sector público, privado y académico de 23 nacionalidades, se reunieron para debatir sobre la “Sostenibilidad social del turismo: conectando lo esencial en 360°”.

    Leer más

  • Congreso Mundial de Turismo Social llega por primera vez a Costa Rica

    • El 29º Congreso Mundial de la Organización Internacional de Turismo Social (ISTO) se celebrara esta semana por primera vez en Centroamérica, en el Centro de Convenciones de Costa Rica del 24 al 25 de octubre.
    • El evento reunirá a cerca de 200 actores privados y públicos de más de 23 nacionalidades, todos comprometidos con promover un turismo para todos, solidario y sostenible.

    Leer más